3/19/2021

Disposiciones ejecutadas mediante apremio personal

Artículo 140.- Disposiciones ejecutadas mediante apremio personal. Se ejecutarán también por apremio personal, previa orden de la o del juzgador, las disposiciones que se den para devolución de procesos, de documentos o para ejecutar providencias urgentes como depósito, posesión provisional y aseguramiento de bienes. Art. 140 (COGEP)



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