5/11/2018

Bienes a los que se aplica la sucesión intestada

En cuanto a los bienes sobre los cuales se aplica la sucesión intestada, en nuestro país se rigen por la disposición constante en el artículo 1022 del Código Civil que manifiesta: “La ley no atiende al origen de los bienes, para reglar la sucesión intestada, o gravarla con restituciones o reserva”.

Interpretando esta norma, se llega a la conclusión que la sucesión intestada no mira el origen de donde provienen los bienes, solo basta que hayan sido de propiedad del causante.

Pero en la realidad es necesario averiguar y determinar si los bienes dejados por el causante son de su completa propiedad o, en todo caso, forman parte de una sociedad, empresa, etc., en los cuales el causante solo es dueño de cierta parte.




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