5/18/2018

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Principios generales que rigen a las deudas y cargas sucesorias

Principios generales que rigen a las deudas y cargas sucesorias
Ahora tendrá la oportunidad de conocer los principios generales que rigen a las deudas y cargas sucesorias, por ello, debe tener presente las puntualizaciones que siguen a continuación.

El patrimonio del causante se encuentra conformado por el activo y el pasivo de bienes. En capítulos anteriores se ha hecho referencia al activo, correspondiendo ahora estudiar el pasivo a través de las deudas y cargas con las cuales se encuentra gravada la herencia.

Cuando tiene lugar la partición no solo se deberán tener presentes los bienes y derechos sino también la responsabilidad de cumplir las obligaciones, deudas y cargas siguiendo las normas establecidas en el Código Civil.

Las deudas y cargas pueden ser de dos tipos: hereditarias y testamentarias.

A criterio del maestro Somarriva: “Deudas hereditarias son aquellas que tenía en vida el causante. Deudas o cargas testamentarias son las que emanan del testamento.

La principal de las cargas testamentarias está representada por los legados; también el modo constituye una carga testamentaria”.



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