5/31/2018

Forma y requisitos del contrato

El contrato debe celebrarse por escrito e inscribirse, a partir de este momento, en un plazo máximo de 30 días en el libro de arrendamientos mercantiles que, al efecto llevará el registrador mercantil del cantón donde está localizado el bien si se trata de un inmueble.

Si el contrato versa sobre muebles se lo puede inscribir, a elección de las partes:

a. Ante el registrador mercantil del cantón donde tenga su domicilio principal la compañía
arrendadora.

b. Ante el registrador mercantil del cantón donde tenga su domicilio principal el arrendatario.

c. Ante el registrador mercantil del cantón donde se encuentra el bien.

Además:

• Debe establecerse un plazo inicial forzoso de cumplimiento del contrato para ambas partes. En los arrendamientos mercantiles de inmuebles, este no podrá ser inferior a 5 años. En los demás bienes se entiende que el plazo guardará armonía con su lapso de vida útil;

• La renta a pagarse durante el plazo forzoso, más el precio señalado para la opción de compra, deben exceder del precio en que el arrendador adquirió el bien;

• Cuando se trate de inmuebles la renta no estará sometida a los límites establecidos para el inquilino en los contratos de arrendamiento de locales para vivienda;

• Es obligatorio que los bienes arrendados estén cubiertos por un seguro contra todo riesgo entiende aquellos riesgos que corresponden a la naturaleza de bien entregado).



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