5/21/2018

Efectos del beneficio de separación

El efecto principal del beneficio de separación consiste en evitar la confusión entre los bienes del causante y los propios del heredero; y que los acreedores hereditarios y testamentarios tengan preferencia al momento de cancelar las obligaciones, concordando de esta manera con lo señalado por la doctrina, lo cual no ocurre con el beneficio de inventario.

Así mismo, a través del beneficio de separación los acreedores hereditarios y testamentarios gozan de un privilegio o prelacía frente a los deudores del heredero, dándose una verdadera separación de patrimonios.

Esta separación no genera ningún efecto en cuanto a las relaciones de los acreedores de la sucesión entre sí; ya que siguen conservando sus créditos y el privilegio de poderlos cobrar en forma preferente. En este mismo sentido tampoco se perjudican los acreedores del heredero porque también siguen manteniendo su status sin variación alguna.

El beneficio de separación tiene un tiempo límite de seis meses para ser solicitado a partir de la apertura de la sucesión, aunque el autor del texto básico señala que este se puede pedir después de mucho tiempo mientras no prescriban los créditos que se busca proteger.

Finalmente, existe un efecto secundario del beneficio de separación que consiste límite del monto de los bienes heredados, con lo cual se pagará a los acreedores hereditarios y testamentarios; y si quedase algún saldo, se pagará a los acreedores del heredero. Pero puede ocurrir, que los bienes hereditarios no alcancen para pagar a los acreedores, por tanto, éstos podrán cubrirlos con los bienes del heredero; no pudiendo realizar esta acción mientras no se agote el caudal hereditario.





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