5/11/2018

Definición y clasificación de la sucesión

Para poder abordar el estudio del presente tema, debe considerar que la sucesión por causa de muerte es una institución jurídica que tuvo sus inicios en la antigua Roma, y se ha mantenido vigente hasta nuestros días con las debidas modificaciones que se han incorporado a través del tiempo en las diferentes legislaciones a nivel mundial.

Etimológicamente la palabra sucesión proviene del latín “successio”, término que se refiere en específico al derecho de suceder a otra persona en sus derechos y obligaciones.

Una vez precisado su significado, es necesario arribar a una posible definición, para lo cual acudimos a la doctrina desarrollada por los tratadistas y estudiosos del derecho sucesorio o hereditario.

Según Guillermo Bossano la sucesión por causa de muerte: “Podría definirse como la transmisión de los bienes, derechos y obligaciones que forman el patrimonio de una persona muerta a la persona o personas que sobreviven que son llamadas a suceder por voluntad del testador o por mandato de la ley. O también, como el modo de adquirir el derecho de dominio del patrimonio de una persona difunta, ya por su voluntad expresada testamentariamente o por disposición de la ley”.

El chileno Claro Solar, al tratar del tema, manifiesta: “La sucesión por causa de muerte participa de la noción genérica de suceder, en cuanto significa que una persona entra en lugar de otra a seguirse de ella en sus derechos y es derivada en razón de que el sucesor adquiere los derechos que le corresponden tal como lo venía disfrutando quien los trasmite: el causante”.

En cambio, para Guillermo Cabanellas de Torres la sucesión es la: “Sustitución de una persona por otra. Transmisión de derechos u obligaciones, entre vivos o por causa de muerte”.





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