5/15/2018

Consideraciones generales de la sucesión

Usted debe comprender que la apertura de la sucesión tiene lugar una vez ocurrida la muerte del causante y no debe confundírsela con la apertura del testamento cerrado que sigue otro trámite diferente.

Pues bien, la apertura de la sucesión debe ser declarada judicialmente y de ahí que las disposiciones del Código Civil se complementan con las del Código de Procedimiento Civil tal como aparece en el esquema antes mostrado.

La apertura de la sucesión puede ser solicitada de oficio o a solicitud de toda aquella persona que tenga interés en la misma y genera los siguientes efectos jurídicos:

- Determina el lugar donde se produjo la muerte del causante, que es el mismo en donde se declarará abierta la sucesión.

- Establece la competencia del juez en materia sucesoria, la misma que se radicará en el último domicilio del causante.

- Provoca la delación, que es el aceptar o repudiar la herencia.

- Da lugar a que en este mismo domicilio se inicien las causas de inventario, petición y partición de la herencia y demás provenientes de la sucesión.



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