5/08/2018

Origen, concepto y contenido del Derecho Constitucional.

Para tratar el tema, le invito a leer el artículo siguiente sobre el origen del Derecho Constitucional que nos demostrará cuan importante fue el PODER durante el origen del mismo. Empecemos.

El Derecho Constitucional, tuvo sus inicios en el poder, es decir cuando existía “la potencialidad de que un tercero haga o realice lo que se le solicita u ordena”. Este poder tuvo su base en la autoridad, la cual en un inicio se la realizaba de manera violenta, obligando a otro a hacer algo. Esta forma coercitiva de ejercer el poder, era muy primitiva, hasta que se desarrolló y luego apareció la protección de los súbditos, es decir ya no solo había obligación, sino además una razón de que el súbdito sin la protección del poderoso corría el peligro de sufrir toda violación posible.

Tenía que formalizarse esta relación y se lo hizo, a través de la religión y la divinidad. El poderoso ya no solo era cruel o leal sino que además era un ser distinto y superior, ligado a los dioses, que solo podía ser contravenido por otro dios igual o de más status.

Hasta que apareció la Revolución francesa que fue un proceso social y político desarrollado en Francia entre 1789 y 1799 cuyas principales consecuencias fueron la abolición de la monarquía absoluta y la proclamación de la República.

Las ideas que inspiraron la Revolución francesa y sus resultados negaron que el poder tenga origen divino y que más bien el verdadero poder era el pueblo, el cual tenía la voluntad de otorgar el poder a quien le plazca, en las condiciones y tiempo más apropiados.

El poder debía ser controlado, es así que se lo estructuró de una manera determinada y con límite de tiempo, el cual solo podía ser señalado por el pueblo, quien si lo deseaba lo podía cambiar, durante un nuevo período.

Esas condiciones son lo que se conoce como “Constitución”. La norma que regula las condiciones y los presupuestos sobre los que se ejerce el poder que el pueblo otorga. El siglo XIX fue un desarrollo constante de esta idea de Constitución, de división de poderes y es establecimiento del Derecho moderno como hoy lo conocemos.

El segundo hito fundador fue la Segunda Guerra Mundial, luego de la cual el proceso iniciado levemente en la Revolución francesa tuvo un gran desarrollo y aceptación. Cómo no iba a serlo, si este procedimiento, fue el reconocimiento de los Derechos Humanos que, desde entonces y de manera creciente, tiene una mayor aceptación como parte esencial de toda Constitución.

La norma fundamental no solo es una norma que controla y estructura el poder y sus manifestaciones en una sociedad sino que además es la norma que reconoce los derechos humanos, precedentes a cualquier Estado y superior a cualquier expresión de poder que se tenga.

El punto más novedoso de este desarrollo se da con la certeza de que la mera declaración de derechos no hace a estos invulnerables a cualquier violación o intento de violación por parte tanto del Estado como de otras personas. En ese sentido el desarrollo del Constitucionalismo moderno se dedica al estudio de procedimientos que aseguren una adecuada protección a los derechos reconocidos. Algunos de estos procedimientos tienen un gran desarrollo tanto histórico como teórico, como es el caso del Hábeas Corpus que data del siglo XIII”.

“El Derecho Constitucional es una rama del Derecho Público que estudia los aspectos esenciales de la organización y del funcionamiento de las instituciones políticas del Estado, en armonía con los derechos y garantías fundamentales”.

“Es el conjunto de las leyes fundamentales del Estado, que organizan sus poderes y que arreglan los derechos y obligaciones individuales y colectivas como así también las instituciones que les sirven de garantía”.

Cuando nosotros analizamos este concepto, decimos que el Derecho Constitucional es una rama del Derecho Público porque cubre aspectos específicos del Estado, es decir son cuestiones de Estado, estudia los aspectos esenciales de la organización y de funcionamiento de las instituciones políticas del Estado su papel su desempeño como tal de Derecho Constitucional es justamente vigilar que esta organización y funcionamiento sea la adecuada para el desarrollo de la sociedad. Además en un Estado debe haber derechos y garantías fundamentales las cuales deben estar en armonía, y al existir esta armonía entre estos derechos y garantías existe una organización institucional adecuada bien estructurada correspondiente a la realidad en que la que se viva, entonces sólo allí podríamos hablar de que el Derecho Constitucional está cumpliendo con el propósito que tiene.





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