5/09/2018

Hábeas data

Establece el derecho de toda persona para “acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos personales e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas privadas… tendrá derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad...”.
Además con dicha garantía se puede pedir la actualización, rectificación o anulación de aquellos datos que fueren erróneos o pudieren afectar los derechos de la persona interesada.

Es decir, el titular tiene derecho a conocer la finalidad, propósito, origen y destino de su información personal.

Así mismo, nuestra vigente Constitución completa y perfecciona el procedimiento establecido para esta garantía con respecto a la Constitución de 1998, ya que se incluye también como objeto del hábeas data los datos genéticos y los archivos de datos personales.



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