De la presentación y del pago del Derecho Mercantil
El cheque presentado para el pago antes del día indicado como fecha de emisión, debe ser pagado o protestado.
La presentación del cheque a una Cámara de Compensación equivale a la presentación para el pago 15 de las Normas Generales del Cheque.
Según el lugar de giro y de pago del cheque, se ha fijado el plazo de presentación y reglas para ello, así tenemos:
Si el cheque es girado en el Ecuador y pagadero en este mismo país, deberá presentarse para el pago dentro del plazo de veinte días, contados desde la fecha de su emisión.
Los cheques girados en el exterior y pagaderos en el Ecuador deberán presentarse para el pago dentro del plazo de noventa días, contados desde la fecha de su emisión.
Los cheques girados en el Ecuador y pagaderos en el exterior se sujetarán, para la presentación al pago, a los términos o plazos que determine la Ley del Estado donde tenga su domicilio el banco girado” (Art. 2, numeral 2.31 de las Normas Generales del Cheque).