De la aceptación del Derecho Mercantil
La aceptación no es un requisito de validez de la letra de cambio, pues no consta entre los requisitos señalados por el Art. 410 del Código de Comercio.
Cabe señalar que si el consentimiento del girado al aceptar la letra de cambio está viciado, por las causas que determina la ley (error, fuerza, dolo), es nula la letra de cambio.
Nota Legal
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