5/30/2018

Aspectos generales sobre las garantías

Para introducirnos al estudio de las garantías, revisemos la disposición que contiene el Art. 2367 del Código Civil, en el que establece el derecho de prenda general, al manifestar que el acreedor tiene derecho de hacer efectiva la obligación en todos los bienes raíces o muebles del deudor; excepto las no embargables, designados en el Art. 1634 del mismo código.

Ahora bien, vamos a identificar la diferencia entre garantía y caución:

Garantía: medio que permite al acreedor asegurar, en cierta medida, el cobro del crédito.
Caución: cualquier obligación que se contrae para la seguridad de otra obligación propia o ajena.

Son especies de caución: la fianza, la prenda y la hipoteca; y, las garantías pueden ser: personales y reales.





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