2/03/2015

El dolo

El dolo es la intención positiva de irrogar injuria a la persona o propiedad de otro. Arturo Alessandri Rodríguez manifiesta que, en el dolo hay maniobra, artificio, maquinación fraudulenta para causar daño a una persona y agrega que “Hay dos clases de dolo; positivo y negativo. El dolo positivo, es una serie de “maquinaciones o procedimientos de que se vale una de las partes para engañar a otra”; y, el dolo negativo, es la abstención de un acto para engañar o causar daño a la otra parte”

Fuente: Alessandri Rodríguez, Arturo. “Derecho civil de los Contratos.” Editorial Zamorano y Caperan. Chile. 1976. Pág. 28.



Share:

Artículos relacionados