El Encargo fiduciario del Derecho Mercantil
El encargo fiduciario se diferencia del fideicomiso mercantil por cuanto en este no existe transferencia de bienes de parte del constituyente, como ocurre en el fideicomiso mercantil. En el encargo fiduciario el constituyente conserva la propiedad de los bienes y los destina al cumplimiento de finalidades instituidas de manera irrevocable. Recuerde que en el encargo fiduciario no se configura persona jurídica.