Acción extraordinaria de protección
La acción extraordinaria de protección es un recurso, y es “extraordinario”; es decir, de naturaleza “excepcional”, nace y existe para garantizar que la supremacía de la Constitución sea segura; para garantizar y resguardar el debido proceso en cuanto a su efectividad y el respeto a los derechos constitucionales.
Es decir una acción constitucional para proteger los derechos constitucionales que han sido violados o afectados por la acción u omisión en un fallo judicial.
La Acción Extraordinaria de Protección, procederá cuando se hayan agotado los recursos ordinarios y extraordinarios dentro del término legal, y debe cumplir con dos requisitos:
1) Que se trate de sentencias y autos definitivos; y,
2) Que ya sea por acción u omisión, se ha violado el debido proceso u otros derechos reconocidos en la Constitución.