11/20/2014

Artículo 81 - Procedimientos para delitos contra grupos vulnerables

Capítulo octavo

Derechos de protección

Artículo 81.- Procedimientos para delitos contra grupos vulnerables.- La ley establecerá procedimientos especiales y expeditos para el juzgamiento y sanción de los delitos de violencia intrafamiliar, sexual, crímenes de odio y los que se cometan contra niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas con discapacidad, adultas mayores y personas que, por sus particularidades, requieren una mayor protección. Se nombrarán fiscales y defensoras o defensores especializados para el tratamiento de estas causas, de acuerdo con la ley.



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